INFORMACION SOBRE LAS TRES OPCIONES DE RECUPERACION DINERARIA
Buenos días, este es el nuevo blog relacionado con la ejecución de la Sentencia dictada por la Sala Décima de Barcelona de 29 de enero de 2016, que condena a los acusados a sendas penas de prisión y a la responsabilidad civil subsidiaria señalada, y que representa un perjuicio para los que confiaron en RURAL NEW LIFE respecto a los mutualistas de MUTUA MAS VIDA, al no reconocerse a la primera mercantil la condición de aseguradora.
Dicha Sentencia ha sido confirmada casi en su totalidad por la Sentencia del TRIBUNAL SUPREMO de fecha 1 de marzo de 2016.
Esta Sentencia ahora es objeto de ejecución ante por la Sala Décima.
Empero en defensa de los intereses de los afectados por RURAL NEW LIFE se ha presentado una RECLAMACION DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL basada en la pérdida de oportunidad por no haberse embargado por el Estado la finca sita en YAIZA, Lanzarote, vendida hace quince años por los estafadores, y que sí fué embargada por el juzgado de instrucción 15 de Barcelona a petición de esta acusación particular.
Entonces:
1º.- Ante el juzgado de primera instancia 5 de Sevilla, CONCURSO 60/2002, se han terminado ya las subastas de bienes inmuebles y se da por concluida en la práctica el procedimiento de concurso de RURAL NEW LIFE, se estima que con el dinero obrante se podrá pagar el 10% de la deuda de cada uno de los afectados.
2º.- En la ejecutoria 63/17 de la Sala Décima Audiencia de Barcelona se inicia una ejecución sobre bienes de los condenados y la actualización de la pieza de responsabilidad civil del juzgado instrucción 15.
3º.- La reclamación de responsabilidad patrimonial no ha sido numerada todavía por el MINISTERIO pero se basa en pedir al estado lo que no se ha podido cobrar.
Eso se puede hacer en un plazo de UN AÑO desde la última acción judicial, que por prudencia hemos situado en la fecha de la Sentencia de la EXCMA SALA DEL TRIBUNAL SUPREMO, por eso se ha presentado el 1 de marzo de este año.
Luego hay que esperar SEIS MESES para que resuelvan, y si no se cumple el plazo entonces se puede acudir a la AUDIENCIA NACIONAL. Este es un enlace del tipo de procedimiento iniciado.
http://www.mpr.gob.es/servicios/recursosreclamacionespeticiones/responsabilidadpatrimonial/Paginas/responsabilidadpatrimonial.aspx
Ponemos en el blog:
Sentencia de la Sala del TRIBUNAL SUPREMO de fecha 1 de marzo 2017, y escrito de reclamación patrimonial.
Saludos.
Dicha Sentencia ha sido confirmada casi en su totalidad por la Sentencia del TRIBUNAL SUPREMO de fecha 1 de marzo de 2016.
Esta Sentencia ahora es objeto de ejecución ante por la Sala Décima.
Empero en defensa de los intereses de los afectados por RURAL NEW LIFE se ha presentado una RECLAMACION DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL basada en la pérdida de oportunidad por no haberse embargado por el Estado la finca sita en YAIZA, Lanzarote, vendida hace quince años por los estafadores, y que sí fué embargada por el juzgado de instrucción 15 de Barcelona a petición de esta acusación particular.
Entonces:
1º.- Ante el juzgado de primera instancia 5 de Sevilla, CONCURSO 60/2002, se han terminado ya las subastas de bienes inmuebles y se da por concluida en la práctica el procedimiento de concurso de RURAL NEW LIFE, se estima que con el dinero obrante se podrá pagar el 10% de la deuda de cada uno de los afectados.
2º.- En la ejecutoria 63/17 de la Sala Décima Audiencia de Barcelona se inicia una ejecución sobre bienes de los condenados y la actualización de la pieza de responsabilidad civil del juzgado instrucción 15.
3º.- La reclamación de responsabilidad patrimonial no ha sido numerada todavía por el MINISTERIO pero se basa en pedir al estado lo que no se ha podido cobrar.
Eso se puede hacer en un plazo de UN AÑO desde la última acción judicial, que por prudencia hemos situado en la fecha de la Sentencia de la EXCMA SALA DEL TRIBUNAL SUPREMO, por eso se ha presentado el 1 de marzo de este año.
Luego hay que esperar SEIS MESES para que resuelvan, y si no se cumple el plazo entonces se puede acudir a la AUDIENCIA NACIONAL. Este es un enlace del tipo de procedimiento iniciado.
http://www.mpr.gob.es/servicios/recursosreclamacionespeticiones/responsabilidadpatrimonial/Paginas/responsabilidadpatrimonial.aspx
Ponemos en el blog:
Sentencia de la Sala del TRIBUNAL SUPREMO de fecha 1 de marzo 2017, y escrito de reclamación patrimonial.
Saludos.
hola el juzgado 5 de Sevilla nos dice hoy 26 de abril lo siguiente, al solicitar extracto de cuentas del juzgado:
ResponderEliminarEl anterior escrito presentado por la Procuradora Sra. C R, únase a los autos de
su razón y una vez se finalicen las liquidaciones de todas las subastas, se procederá a dar
traslado de los extractos de las cuentas a las partes personadas.
Vamos a pedir la cuenta de todas las entradas y salidas y confirmar que no existe ya ninguna subasta mas y que procede la liquidación y pagos de forma definitiva, gracias y saludos