Buenos días, hoy hemos presentado este escrito recordatorio sobre nuestra petición de que el dinero sobrante por acreedores no hallados no sea entregado por el juzgado 5 de Sevilla al Tesoro público, sino que vaya a la ejecución de la Sentencia penal en la Sala Décima de Barcelona.
Por otro lado comentamos llamadas de afectados y además nos ratificamos en las acciones contra la Sindicatura para retorno de los honorarios cobrados ante el juzgado 5 de Sevilla, que son casi en concepto de abogados  sobre 250.000 euros por gestión del concurso, 145.000 por juicio penal, y gastos procuradores Sindicatura unos 72.000 en gestión concurso  y  unos 150.000 en el juicio penal.

Por parte de este despacho, aunque D. ESTEBAN GOMEZ ROVIRA senior acometió con tesón todo el trabajo desde que interpuso la querella en 2003, ante el juzgado de instrucción 15 de Barcelona, ejercitando la acusación particular hasta el juicio en 2016, en representación de la PLATAFORMA DE RURAL NEW LIFE Y MUTUA MAS VIDA... no se va a cobrar el 8 por ciento pactado con la PLATAFORMA , con más de 200 miembros, ante lo poco que se ha cobrado.

Seguimos trabajando para intentar recuperar el 93'80 por ciento restante en la demanda 18/2020 ante la Sala Tercera de lo contencioso de la Audiencia Nacional, pero esto sólo beneficiará a los que se incorporen a la demanda.
Gracias y saludos 




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Juzgado primera instancia 5 Sevilla
Quiebra voluntaria 690/2002-5G

AL JUZGADO

DÑA XXXXXXXXXXX procuradora de los tribunales y de PLATAFORMA AFECTADOS RURAL NEW LIFE Y MUTUA MAS VIDA, comparece y D I C E :

Que esta parte en relación a la diligencia de ordenación de 12 de junio recuerda que se presentó el 8 de junio solicitud de remisión a la Audiencia Décima de Barcelona en la ejecutoria 63/17de las cuantías  que no hayan podido ser ingresadas a los acreedores ordinarios/perjudicados/estafados. En tal sentido es importante hacer tres manifestaciones:

1.En relación a esta solicitud, acompañamos escrito presentado el 15 de junio ante la Ilma Sala dando cuenta de una llamada del letrado síndico Sr LAGOA  al presidente de la PLATAFORMA…En tal sentido, denunciamos la presión a la que están sometiendo a los miembros de la PLATAFORMA…, y también la insistencia sobre otros perjudicados que ahora forman parte de la demanda de responsabilidad patrimonial a los que se les “amenaza” con posibles condenas en costas por las acciones realizadas bajo la dirección jurídica de este letrado. DOCUMENTO 1.

A dicho escrito se acompaña demanda de conciliación realizada por una perjudicada contra la Sindicatura,  en su caso la demanda de reclamación tendría que instarse ante el presente juzgado, en los términos de la conciliación,  o ampliando la exigencia a todas y cada una de las cantidades,  haciendo la acción del artículo 153 LEY 22/2003, lo que ya se apuntó por esta parte en el año 2014. DOCUMENTO 2.

            Dado que la demandante inicialmente fue cliente del Sr. LAGOA, quizás reciba la carta con fecha 15 de junio que está enviando el Sr. LAGOA para cobrar honorarios del 10 por ciento como letrado, recordando el pacto de honorarios del año 2002, en la que decía: “los gastos de procurador son calculados por arancel obligatorio según su régimen estatutario y normas de los Colegios de procuradores, los cuales tendrán una ventaja de descuento al ser  un grupo de personas bajo la misma representación procesal”. Aportamos como DOCUMENTO 3 copia de la carta para que observe el juzgado por qué la Sindicatura oculta los cobros que ha obtenido e incumple su deber de transparencia, también deber de letrado Sr. LAGOA que distorsiona la realidad con la carta que realiza, exagerando las gestiones y ocultando que su trabajo ha costado más de medio millón de euros en gastos profesionales,  para poder realizar ahora este acto que entendemos lo ha definido muy bien uno de los afectados en nuestro chat de demanda de responsabilidad patrimonial: pretenden arañar en nuestra miseria. Debemos recordar cómo empero en la web de la Sindicatura figuran comentarios que el juzgado comprobará que sencillamente son mentira, y por eso vamos a  continuar con las acciones que ya anunciamos en defensa de nuestro buen hacer:
Tras una petición concreta elevada al Juzgado, el citado Auto decreta asimismo la denegación del pago de una minuta presentada por el letrado Sr. Rovira y de su procurador, por la cantidad de 350.000 Euros que estimaba éste que se le deberían pagar por sus actuaciones en el procedimiento penal seguido en los Juzgados de Barcelona contra los dirigentes de Rural New Life Mas Vida, por estafa, y que, ante la posibilidad de recursos por parte de este letrado y Procurador, confiamos que esto no retrase el pago a los acreedores como ya sucedió antes de la declaración de la pandemia.
La Sindicatura y el comisario, han rechazado en sendos escritos al Juzgado las pretensiones del letrado, Sr. Gomez Rovira jr.de cobrar dicha cantidad como crédito contra la masa, en otras cosas, porque estimamos no tiene encaje legal. En otro caso, supondría reducir el porcentaje de cobro de los acreedores, insistimos, porque a nuestro juicio es del todo improcedente.
(5 de mayo 2020).

No vamos a intervenir, obvio es decirlo, en una relación abogado cliente ajena como si está haciendo el Sr. LAGOA, pero parece ser que la causa penal sí sirve para pagar más de cien mil euros a un procurador cuando ni siquiera hay Auto de procedimiento abreviado (año 2009) o justificar ahora una cuota litis,  pero hete aquí que  la ejecutoria  no sirve ni para imponerse a una cuenta de depósito “abandonado”, y sí sirve ahora para citarla en una carta y llevarse otro diez por ciento, en lo que al fin y al cabo es un cobro por el mismo letrado por conceptos por los que ya cobró como Síndico, es fantástico.

2.- En la sucesión de continuos escritos desde la presentación el 30 de diciembre de la Sindicatura de la propuesta de pagos y liquidación de la quiebra,  este letrado apenas prestó atención a las minutas presentadas como crédito preferente, y planteaba la colaboración de la Sindicatura en acometer la demanda de responsabilidad patrimonial, que en su caso podría ser por la pérdida de toda la cifra debida, y de forma subsidiaria por el valor de la Finca de YAIZA, no vamos ahora a hacer un agotador análisis de la cuestión.

Por la Sindicatura se ha mentido, tergiversado, se ha glosado la minuta de nuestro procurador en relación a la tasación de costas presentada, consiguiendo que este letrado se informara de todos y cada uno de los cobros realizados antes de 2014;  y se está coaccionando a clientes de la Plataforma…
Pues entonces ocurre esto, y no es baladí señalarlo porque el deseo de esta parte era finalizar la presente quiebra en estos días, pero seguramente las acciones a realizar recaigan en este juzgado.

 Porque lo cierto es que seis meses después la Sindicatura se enfrenta a una solicitud de devolución de todo lo gastado en concepto de profesionales según las dos vías de exigencia señaladas, (parcial o  total),  y además esta parte realizará una demanda de responsabilidad patrimonial referida solo a la pérdida de YAIZA,  pues la misma otorgaría perfectamente una indemnización completa al número de  demandantes.

3.- Al hilo de la común solicitud en la ejecutoria penal y ante este juzgado, y en  relación a la posibilidad de que puedan comparecer en el futuro acreedores del listado, vamos a dar cuenta de dos  afectados que han contactado con nosotros:

a.- DÑA XXXXXXXxx, (925 de la lista) tel 646.............,  por parte de su madre, (1021 de la lista), fallecida en noviembre pasado, y por parte de su esposo, del que se divorció hace 17 años.

Buenos pues imaginamos que tal y como le dijimos se habrá puesto en contacto con el Sr . LAGOA para cobrar el dinero que le correspondía a su madre como heredera.

B.- Matrimonio xxxxxxxxxxxxxxxxxy xxxxxxxxxx tel 626, dicen tener los contratos pero no figuran en lista alguna porque expresan que como perdieron “500.000 ptas” que no valía la pena. En el listado de la Sentencia penal están con el número 1193, número que no está en la lista de la Sindicatura, y con un crédito de xxxxxxx. Podrían ser considerados como perjudicados. A ver si la causa penal con un gasto de la Sindicatura de casi trescientos mil euros sirve al menos para que este matrimonio cobre unos doscientos euros¡!.

En fin, véase que ninguno de los supuestos se corresponde con persona que tenga el crédito reconocido en el listado de la Sindicatura y que no haya comparecido hasta ahora, pues el segundo caso corresponde a una dejación total de su derecho.

El conocimiento capital para todos los afectados es la recepción, hace casi dos años, de la carta de solicitud de datos personales de la Sindicatura, y atendemos muchas llamadas de personas que en realidad días después nos dicen que ya han cobrado, por eso sabemos que se está pagando esta semana pasada por el orden de la letra N, en un esfuerzo verdaderamente notable del juzgado.

En su virtud, AL JUZGADO SUPLICO, que habiendo presentado este escrito, con sus documentos, se sirva admitirlo,  teniendo por realizado escrito recordatorio  de la petición según escrito de 8 de junio, y de manifestación hechos nuevos.

JUSTICIA  que Suplica en Sevilla a 22 de junio de 2020.



Comentarios

  1. Hola, desearia saber si quedan mucha gente por cobrar o ya han cobrado todos, yo tengo contratos a nombre de mi mujer y a dos hijos por valor de 72.000 euroa y todavia no hemos recibido nada, gracias por si me podeis informar

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    1. Hola si vd se llama Antonio como pagan por orden alfabético según el nombre, ya debería haber cobrado, envío los documentos a la Síndicatura para pago? Saludos.

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  2. Se puede saber por que letra ban los pagos?? Gracias

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